¿Sabes qué pagos debes cubrir al empleado después de un despido?
Existen dos alternativas a la hora de un despido de tu personal: finiquito o indemnización. En cualquier caso, es importante cumplir con las obligaciones que corresponden a cada una.
Finiquito: en caso de despido justificado o renuncia del personal, es tu responsabilidad hacer efectivo el derecho de tu trabajador o trabajadora a un finiquito. Este debe incluir: 
- Pago por los días trabajados hasta la fecha de terminación. 
- Parte proporcional del aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. 
- Prima de antigüedad. 
- Otras prestaciones de acuerdo con su contrato. 
 
Indemnización: La persona trabajadora que haya sido despedida injustificadamente tendrá derecho a que la persona empleadora le pague una indemnización consistente en:
- Tres meses de salario (conocida como indemnización constitucional). 
- La prima de antigüedad. 
- La parte proporcional de aguinaldo. 
- La parte proporcional de vacaciones. 
- La parte proporcional de la prima vacacional. 
- En su caso, el pago de veinte días por cada año laborado. 
- Otras prestaciones vigentes incluidas en el contrato de trabajo o en las condiciones que regulan la relación con la empresa o patrón como, por ejemplo, bonos, comisiones, fondo de ahorro, utilidades, entre otros.